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El Decreto-Ley 288 explicado: compraventa en Cuba

El Decreto-Ley 288 de 2011 es una norma clave para entender la vivienda en Cuba: legalizó la compraventa directa de viviendas entre particulares por primera vez en décadas, transformando el modo en que las familias cambian de casa y movilizan su patrimonio.

Año

2011

Qué legalizó

Compraventa directa entre particulares

A quién habilita

Cubanos y residentes permanentes

Antes de la norma

Predominaba la permuta

Qué introdujo la norma

Antes de 2011, la ley cubana no permitía la compraventa directa de viviendas entre particulares. El mecanismo habitual era la permuta, el intercambio de viviendas, a menudo con compensaciones informales que no podían figurar oficialmente y que generaban inseguridad.\n\nEl Decreto-Ley 288 modificó la Ley General de la Vivienda para permitir que los cubanos y los residentes permanentes vendan y compren viviendas directamente. Esto creó, por primera vez en mucho tiempo, un mercado legal de compraventa con precios acordados libremente entre las partes y con respaldo jurídico para la operación.

Cómo funciona la compraventa hoy

Bajo el marco vigente, una compraventa de vivienda se formaliza ante notario, se inscribe en el registro correspondiente y genera obligaciones fiscales para las partes. La titularidad se limita generalmente a una vivienda de residencia permanente y, en su caso, una de descanso.\n\nLa norma reservó este mercado a cubanos y residentes permanentes. Los extranjeros sin residencia no acceden por esta vía al mercado abierto, lo que mantiene la compraventa como un asunto principalmente interno. Este límite es una de las claves para entender por qué no existe un mercado inmobiliario abierto a compradores foráneos, y por qué las promesas de venta directa a turistas suelen ser irregulares. La norma protege el carácter interno de la vivienda al condicionar la titularidad a la ciudadanía o a la residencia permanente.

Su importancia y sus límites

El Decreto-Ley 288 fue parte de un conjunto de reformas económicas que buscaban dar más margen a la iniciativa privada. Al legalizar la compraventa, redujo la dependencia de la permuta y dio a las familias una herramienta legal para movilizar el valor de su vivienda.\n\nSin embargo, no convirtió a Cuba en un mercado inmobiliario abierto al capital extranjero: las restricciones sobre quién puede ser titular siguen vigentes. La inversión extranjera en inmuebles se canaliza por otra norma distinta, la Ley 118, y sólo en proyectos aprobados por el Estado.

Contexto y nota informativa

Para el marco económico e inversor más amplio en el que se inserta esta reforma, los recursos de economía e inversión del atlas ofrecen contexto sobre cómo se relaciona la vivienda con el conjunto de cambios de los últimos años.\n\nEsta página es sólo informativa; no es una oferta ni un anuncio, ni sustituye la asesoría legal. No publicamos precios, anuncios ni contactos. Su objetivo es explicar con precisión qué cambió el Decreto-Ley 288 y qué sigue estando fuera de su alcance, para que quien investiga parta de datos correctos.

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Source: Gaceta Oficial de Cuba. Information only — schedules and fares change; confirm on a live search before you travel.